Pregunta verificada, aún no publicada.

Pleno del Congreso29 de septiembre de 2026

Seguridad y justicia · Toma en consideración

¿Apoyas que se tramitara la proposición de ley que permite a los futuros jueces compaginar el curso de la Escuela Judicial con las prácticas en órganos judiciales y suprime la fase en la que ya juzgan haciendo sustituciones y refuerzos?

Pregunta elaborada por la redacción a partir del texto votado el 29 de septiembre de 2026. No es una frase del Congreso.

Explicado fácil

Los aspirantes a juez deben superar un curso en la Escuela Judicial antes de ser nombrados. Hoy tiene tres etapas seguidas. Son al menos nueve meses de formación, cuatro de prácticas supervisadas y cuatro más en que ya juzgan haciendo sustituciones. La propuesta permitía hacer a la vez la formación y las prácticas, con evaluación continua. También eliminaba la etapa de sustituciones.

En esta votación no se aprobaba la ley: solo se decidía si el Congreso empezaba a estudiarla. Después podía cambiarse y tenía que volver a votarse.

Qué significa tu respuesta

Si respondes «A favor»
Quieres que el Congreso empiece a estudiar esta ley. Permite a los futuros jueces hacer a la vez formación y prácticas, y elimina la etapa de sustituciones. Todavía no quedaba aprobada.
Si respondes «En contra»
Quieres que el Congreso no estudie esta ley. Los futuros jueces seguirían con las tres etapas seguidas de ahora, incluida la de sustituciones.

«A favor» equivale a lo que votaron sí los diputados; «En contra», a lo que votaron no. Si no lo tienes claro o no te interesa, pulsa «Saltar»: no cuenta.

Qué decía cada postura

Razones para votar sí

Quienes defendían el sí decían que formación y prácticas pueden hacerse a la vez sin perder calidad. Según ellos, los nuevos jueces llegarían antes a los juzgados, donde faltan jueces.

Razones para votar no

Quienes defendían el no decían que hacerlo todo a la vez puede saturar a los aspirantes y a los jueces tutores. También, que preparar el acceso excluye a quien no tiene recursos.

Resumen de lo que se dijo en el debate, sin nombres, para que decidas por el contenido. Quién dijo qué y cómo votó cada partido está en la ficha completa y en tu resultado.

En pocas palabras

Para ser nombrados jueces, los aspirantes a la carrera judicial deben superar en la Escuela Judicial un curso de selección con tres fases sucesivas: un curso teórico de al menos nueve meses, prácticas tuteladas de al menos cuatro meses y al menos otros cuatro meses en los que ya juzgan haciendo sustituciones y refuerzos. La proposición permitía hacer a la vez la formación y las prácticas tuteladas, con evaluación continua, y suprimía la fase de sustitución y refuerzo.

Qué no cambia

La votación no aprobaba la reforma: solo decidía si se tramitaba. La Escuela Judicial seguía dependiendo del Consejo General del Poder Judicial. La formación seguía incluyendo igualdad entre mujeres y hombres, violencia sobre la mujer y derechos de la infancia. En las prácticas tuteladas, los jueces adjuntos seguían limitados a preparar borradores de resolución y dirigir vistas bajo la supervisión del titular. Los nombramientos seguían el orden propuesto por la Escuela Judicial.

Qué se decidía en esta votación

Votar sí
Votar sí significaba permitir que se tramitara la proposición: pasaba a una comisión del Congreso, con plazo de enmiendas, sin aprobar todavía la reforma del curso de selección.
Votar no
Votar no significaba rechazar que se tramitara: con mayoría de noes, la proposición decae y el curso de selección sigue con sus tres fases sucesivas.
Ver los detalles y las fuentes

Qué se votó exactamente

Título oficial: Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que regula el curso de selección de los aspirantes a ingresar en la Carrera Judicial (Orgánica).

El trámite y su resultado

(artículo 126 del Reglamento del Congreso). Votar sí permitía que el Congreso empezara a tramitar la proposición; si se tomaba en consideración, la Mesa la enviaba a la comisión competente y abría plazo de enmiendas. No aprobaba la reforma. La proposición, del Grupo Popular, reproduce una propuesta que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó por unanimidad el 12/03/2026, según su exposición de motivos. Se tomó en consideración por 295 votos a favor, 36 en contra y 15 abstenciones. Según el JSON oficial, votaron sí el Grupo Socialista, el Popular, VOX y el PNV, y en el Grupo Mixto los diputados de Coalición Canaria (Valido García) y UPN (Catalán Higueras); votaron no Sumar, EH Bildu y, en el Grupo Mixto, Podemos (Belarra Urteaga, Sánchez Serna, Santana Perera, Velarde Gómez) y BNG (Rego Candamil); se abstuvieron ERC, Junts y Micó Micó (Grupo Mixto). La iniciativa el 06/10/2026, durante el acuerdo subsiguiente de la Mesa.

Qué cambia

La proposición daba nueva redacción al artículo 307 de la 6/1985 del Poder Judicial. El curso de selección pasaba a tener dos partes: un programa formativo intensivo teórico-práctico de al menos nueve meses y prácticas tuteladas en órganos judiciales de al menos cuatro meses, que podían hacerse de forma simultánea y coordinada según el plan docente que aprobara el Consejo General del Poder Judicial a propuesta de la Escuela Judicial. Superar el curso exigía evaluación continua de la fase presencial y de las prácticas. Desaparecía el periodo obligatorio de sustitución y refuerzo, en el que hoy los jueces en prácticas ejercen la jurisdicción con la misma amplitud que los titulares del juzgado. La ley entraría en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

Alcance, excepciones y condiciones

Afecta a quienes aspiran a ingresar en la carrera judicial y deben superar el curso de selección de la Escuela Judicial. Las duraciones son mínimas: la duración de las prácticas, sus circunstancias y el destino de los jueces en prácticas los regula el Consejo General del Poder Judicial a la vista del programa de la Escuela. La proposición solo modificaba el artículo 307; no tocaba los artículos 210 y 216 bis, que hoy remiten a esa fase de sustitución y refuerzo.

Argumentos documentados

Razones expresadas en el debate por quien las firma. No son valoraciones de esta web.

A favor

«Con ello, señorías, podríamos reducir hasta en nueve meses el plazo de incorporación de los nuevos jueces a los tribunales de instancia.»

Sra. Gamarra Ruiz-Clavijo (Grupo Parlamentario Popular en el Congreso), 29 de septiembre de 2026. Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, pág. 8 (se abre en una pestaña nueva)

Resumen: El PP presentó la reforma como la propuesta aprobada por unanimidad por el Consejo General del Poder Judicial. Sostuvo que hoy las fases sucesivas suman al menos diecisiete meses, que la formación y las prácticas pueden simultanearse sin perder calidad y que acortar la incorporación ayuda a cubrir el déficit de jueces en los tribunales de instancia.

«Señora Gamarra, está copiada de la propuesta unánimemente aceptada por el Consejo General del Poder Judicial, y es algo que ya se contempla en el proyecto de ley de fortalecimiento de las carreras judicial y fiscal que tiene registrada el Gobierno antes que ustedes.»

Sr. Díaz Marín (Grupo Parlamentario Socialista), 29 de septiembre de 2026. Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, pág. 22 (se abre en una pestaña nueva)

Resumen: El PSOE apoyó la toma en consideración: dijo estar de acuerdo en eliminar la fase de sustitución y refuerzo y en simultanear formación y prácticas para cubrir cuanto antes las vacantes, y afirmó que el proyecto de ley del Gobierno ya lo recogía. Dedicó buena parte de la intervención a criticar al PP.

En contra

«Formar a un juez no es meter más contenido en menos tiempo; es garantizar que tienen tiempo para estudiar, para asimilar los conocimientos, para aprender a resolver casos y para adquirir, por supuesto, criterios jurídicos.»

Sra. Velarde Gómez (Grupo Parlamentario Mixto (Podemos)), 29 de septiembre de 2026. Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, pág. 11 (se abre en una pestaña nueva)

Resumen: Podemos expresó dudas sobre la simultaneidad, que a su juicio puede saturar a los aspirantes; preguntó qué recursos se destinarían, porque los jueces tutores ya soportan mucha carga de trabajo, y mostró preocupación por suprimir la fase de sustitución y refuerzo. Defendió priorizar la calidad de la formación sobre la rapidez.

«Lo que pasa es que, antes que discutir lo que ocurre en la escuela judicial, hay una pregunta un poquito más importante: ¿quién consigue llegar hasta ahí?»

Sra. Martínez Barbero (Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR), 29 de septiembre de 2026. Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, pág. 19 (se abre en una pestaña nueva)

Resumen: Sumar centró su intervención en el acceso a la carrera judicial: los años de preparación de la oposición, en buena parte privada, excluyen a personas sin recursos. Propuso que la formación pública forme parte del propio proceso de acceso. No se refirió en detalle a la simultaneidad ni a la supresión de la fase de sustitución.

Afirmaciones y sus fuentes

  1. La proposición la presentó el Grupo Popular para modificar el artículo 307 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

    Cita literal: «El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 124 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula la siguiente Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), pág. 1 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 1 del PDF

  2. Hoy el curso de selección tiene tres partes: formación teórica, prácticas tuteladas y un periodo de sustitución y refuerzo.

    Cita literal: «El curso de selección incluirá necesariamente: un programa teórico de formación multidisciplinar, un período de prácticas tuteladas en diferentes órganos de todos los órdenes jurisdiccionales y un período en el que los jueces y juezas en prácticas desempeñarán funciones de sustitución y refuerzo.» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.2 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  3. Quienes superan el curso son nombrados jueces por el orden que propone la Escuela Judicial.

    Cita literal: «Los que superen el curso teórico y práctico serán nombrados jueces por el orden de la propuesta hecha por la Escuela Judicial.» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.6 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  4. Las fases son sucesivas: hay que superar cada una para pasar a la siguiente.

    Cita literal: «Solamente la superación de cada uno de ellos posibilitará el acceso al siguiente.» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.2 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  5. El curso teórico dura al menos nueve meses.

    Cita literal: «En ningún caso la duración del curso teórico de formación será inferior a nueve meses.» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  6. Las prácticas tuteladas y el periodo de sustitución o apoyo duran al menos cuatro meses cada uno.

    Cita literal: «Las prácticas tuteladas tendrán una duración mínima de cuatro meses; idéntica duración mínima tendrá la destinada a realizar funciones de sustitución o apoyo.» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  7. En la fase de sustitución y refuerzo, los jueces en prácticas ejercen la jurisdicción con la misma amplitud que los titulares.

    Cita literal: «En esta última fase ejercerán la jurisdicción con idéntica amplitud a la de los titulares del órgano judicial» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.4 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  8. La fase de sustitución y refuerzo se remite a los artículos 210 y 216 bis de la ley.

    Cita literal: «existirá un periodo obligatorio en el que los jueces en prácticas desempeñarán labores de sustitución y refuerzo conforme a lo previsto en los artículos 210 y 216 bis» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.4 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  9. Hoy la Escuela Judicial depende del Consejo General del Poder Judicial; la proposición mantenía esa redacción.

    Cita literal: «La Escuela Judicial, configurada como centro de selección y formación de jueces y magistrados dependiente del Consejo General del Poder Judicial» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.1 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  10. Hoy la fase teórica ya incluye la igualdad entre mujeres y hombres y la legislación sobre violencia contra la mujer.

    Cita literal: «En la fase teórica de formación multidisciplinar se incluirá el estudio en profundidad de las materias que integran el principio de no discriminación y la igualdad entre hombres y mujeres» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.2, párrafo segundo (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  11. Hoy, en las prácticas tuteladas, los jueces adjuntos ya están limitados a redactar borradores que el titular puede asumir.

    Cita literal: «En este período sus funciones no podrán exceder de la redacción de borradores o proyectos de resolución que el juez o ponente podrá, en su caso, asumir con las modificaciones que estime pertinentes.» — Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1985-12666), artículo 307 en la redacción vigente desde el 25/06/2021, art. 307.3 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  12. El artículo único de la proposición daba nueva redacción al artículo 307.

    Cita literal: «Se modifica el artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, que pasará a tener la siguiente redacción» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), artículo único, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  13. El nuevo curso tendría un programa intensivo teórico-práctico de al menos nueve meses y prácticas tuteladas de al menos cuatro meses.

    Cita literal: «El curso de selección consistirá en un programa formativo intensivo de carácter teórico-práctico con una duración mínima de nueve meses, y una fase de prácticas tuteladas en diferentes órganos de todos los órdenes jurisdiccionales cuya duración mínima será de cuatro meses.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.2 propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  14. Formación y prácticas tuteladas podrían hacerse a la vez, según el plan docente del Consejo General del Poder Judicial a propuesta de la Escuela Judicial.

    Cita literal: «La formación teórico-práctica multidisciplinar y las prácticas tuteladas se podrán desarrollar de manera simultánea y coordinada conforme al plan docente aprobado por el Consejo General del Poder Judicial a propuesta de la Escuela Judicial» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.2 propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  15. Superar el curso exigiría evaluación continua de la fase presencial y de las prácticas.

    Cita literal: «La superación del programa formativo intensivo requerirá la evaluación continua tanto de la fase presencial como de la fase de prácticas tuteladas.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.5 propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  16. La formación seguiría incluyendo la igualdad entre mujeres y hombres.

    Cita literal: «El estudio en profundidad del principio de igualdad y no discriminación entre mujeres y hombres.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.3.a propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  17. La formación seguiría incluyendo la legislación sobre violencia contra la mujer.

    Cita literal: «La legislación especial para la lucha contra la violencia sobre la mujer en todas sus formas.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.3.b propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 4 del PDF

  18. La formación seguiría incluyendo los derechos de la infancia y la adolescencia.

    Cita literal: «La legislación nacional e internacional sobre derechos de la infancia y la adolescencia, con especial atención a la Convención sobre los Derechos del Niño y sus observaciones generales.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.3.c propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  19. En las prácticas, los jueces adjuntos auxilian y colaboran con los titulares.

    Cita literal: «Durante estas prácticas los jueces adjuntos ejercerán funciones de auxilio y colaboración con sus titulares.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.4 propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  20. Sus funciones se limitan a redactar borradores que el titular puede asumir.

    Cita literal: «En este período sus funciones no podrán exceder de la redacción de borradores o proyectos de resolución que el juez o ponente podrá, en su caso, asumir con las modificaciones que estime pertinentes.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.4 propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  21. Pueden dirigir vistas bajo la supervisión del juez titular.

    Cita literal: «También podrán dirigir vistas o actuaciones bajo la supervisión y dirección del juez titular.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.4 propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  22. La duración, circunstancias y destino de las prácticas los regula el Consejo General del Poder Judicial a la vista del programa de la Escuela.

    Cita literal: «La duración del periodo de prácticas, sus circunstancias, el destino y las funciones de los jueces en prácticas serán regulados por el Consejo General del Poder Judicial a la vista del programa elaborado por la Escuela Judicial.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.4 propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  23. Los nombramientos siguen el orden propuesto por la Escuela Judicial.

    Cita literal: «Quienes superen el curso serán nombrados jueces por el orden de la propuesta formulada por la Escuela Judicial.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), art. 307.5 propuesto, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  24. Según la propuesta del Consejo General del Poder Judicial citada en la exposición de motivos, la fase de sustitución y refuerzo carece de autonomía formativa real.

    Cita literal: «Asimismo, la fase de sustitución y refuerzo prevista en la redacción vigente del artículo 307 de la LOPJ carece de autonomía formativa real, al reproducir funciones jurisdiccionales plenas que corresponden propiamente al ejercicio ordinario tras el nombramiento.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), exposición de motivos, apartado III, pág. 4 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 4 del PDF

  25. Según esa propuesta, suprimirla permite reducir los plazos de incorporación de los nuevos jueces.

    Cita literal: «Su supresión no afecta a la capacitación técnica del juez, pero sí permite reducir significativamente los plazos de incorporación efectiva.» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), exposición de motivos, apartado III, pág. 4 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 4 del PDF

  26. El Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó por unanimidad una propuesta de reforma del artículo 307 el 12 de marzo de 2026.

    Cita literal: «El pasado 12 de marzo de 2026, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó por unanimidad una propuesta de reforma del artículo 307 de la Ley Orgánica del Poder Judicial» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), exposición de motivos, apartado III, pág. 4 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 4 del PDF

  27. La exposición de motivos persigue más eficiencia en la selección y una cobertura más ágil de las plazas judiciales.

    Cita literal: «Tal propuesta pretende, pues, mejorar de modo permanente los niveles de eficiencia en la selección de los aspirantes a ingresar en la Carrera Judicial y lograr una más ágil y eficaz cobertura de las plazas judiciales» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), exposición de motivos, apartado III, pág. 5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 5 del PDF

  28. La ley entraría en vigor al día siguiente de publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

    Cita literal: «La presente Ley Orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-1, de 12/06/2026. Proposición de Ley de modificación del artículo 307 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (122/000287), disposición final segunda, pág. 6 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 6 del PDF

  29. Si la proposición se toma en consideración, la Mesa la envía a la comisión competente y abre plazo de enmiendas.

    Cita literal: «En caso afirmativo, la Mesa de la Cámara acordará su envío a la Comisión competente y la apertura del correspondiente plazo de presentación de enmiendas» — Reglamento del Congreso de los Diputados, texto consolidado en el BOE (BOE-A-1982-5196), art. 126.5 en la redacción vigente desde el 31/07/2025, art. 126.5 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  30. El Pleno la tomó en consideración por 295 votos a favor, 36 en contra y 15 abstenciones.

    Cita literal: «Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 346; votos a favor, 295; en contra, 36; abstenciones, 15.» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 80 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 80 del PDF

  31. El BOCG publicó la toma en consideración.

    Cita literal: «El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, ha tomado en consideración la Proposición de Ley de modificación del artículo 307» — BOCG. Congreso de los Diputados. Serie B, núm. 340-2, de 05/10/2026 (toma en consideración), pág. 1 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 1 del PDF

  32. La iniciativa caducó el 06/10/2026, durante el acuerdo subsiguiente a la toma en consideración.

    Cita literal: «Acuerdo subsiguiente a la toma en consideración desde 29/09/2026 hasta 06/10/2026 Concluido - (Caducado) desde 06/10/2026» — Ficha de la iniciativa 122/000287 en congreso.es (consultada el 10/10/2026), apartado «Tramitación seguida por la iniciativa» (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada

  33. Según el PP, las tres fases sucesivas suman hoy una duración mínima de diecisiete meses.

    Cita literal: «los aspirantes a la carrera judicial deben superar un sistema formativo de fases sucesivas compuesto por un periodo teórico, un periodo de prácticas tuteladas y un periodo de prácticas con funciones de sustitución y refuerzo, lo que supone una duración mínima total de diecisiete meses» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 8 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 8 del PDF

  34. VOX advirtió de que otros dos artículos de la ley remiten al apartado que se reformaba.

    Cita literal: «el artículo 216 bis 3 permite adscribirlos como jueces de apoyo, y ambos remiten al artículo 307.2, que ustedes proponen modificar» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 21 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 21 del PDF

  35. VOX consideró que la lista de materias obligatorias responde a una selección ideológica.

    Cita literal: «A nuestro juicio, responde a una selección ideológica impropia de la formación judicial.» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 22 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 22 del PDF

  36. Junts se declaró de acuerdo con la propuesta.

    Cita literal: «Y tenemos que decir de entrada que estamos de acuerdo.» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 14 (traducción al castellano de la intervención en catalán) (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 14 del PDF

  37. ERC se abstuvo por considerar que faltaban muchas cosas.

    Cita literal: «Y no vamos a votar en contra, nos vamos a abstener porque consideramos que faltan muchas cosas, pero lo que plantean no es ninguna barbaridad.» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 18 (traducción al castellano de la intervención en catalán) (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 18 del PDF

  38. La diputada Velarde Gómez intervino en nombre de Podemos.

    Cita literal: «Por tanto, desde Podemos no creemos que el debate sea entre quienes quieren modernizar la justicia y quienes quieren mantenerla anclada en el pasado» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 11 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 11 del PDF

  39. Podemos preguntó por los recursos para los jueces que tutelarían las prácticas.

    Cita literal: «Porque, si los nuevos jueces en formación se incorporan a juzgados como jueces adjuntos, alguien tendrá que tutelarlos.» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 11 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 11 del PDF

  40. VOX sostuvo que el proyecto del Gobierno mantenía los cuatro meses de sustitución.

    Cita literal: «el Gobierno tiene un proyecto de reforma de la carrera judicial en tramitación cuyo texto sigue manteniendo los cuatro meses de sustitución con capacidad jurisdiccional» — Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados. Pleno y Diputación Permanente, núm. 208, de 29/09/2026 (sesión plenaria núm. 201), pág. 21 (se abre en una pestaña nueva) Cita localizada en la pág. 21 del PDF

Qué no puede concluirse de este voto

La votación solo permitía tramitar la proposición; la iniciativa caducó el 06/10/2026 sin texto aprobado. El sí reunió motivos distintos: el PSOE dijo que la medida ya estaba en el proyecto del Gobierno, y VOX anunció que revisaría las materias obligatorias de la formación, que consideró una selección ideológica, y los artículos que remiten a la fase de sustitución. Junts se declaró de acuerdo con el contenido, pero se abstuvo, igual que ERC, que lo consideró insuficiente. En el no, Sumar habló sobre todo del acceso a la carrera judicial y Podemos, de recursos y calidad de la formación; EH Bildu no intervino.

Fuente oficial · Congreso de los Diputados

Hecho documental
Fecha de votación
29 de septiembre de 2026
Legislatura
XV
Sesión y votación
Sesión plenaria 201, votación 1
Expediente
122/000287
Trámite
Toma en consideración
Publicación del texto
12 de junio de 2026
Última comprobación
12 de octubre de 2026
Cómo localizarla en el listado oficial del día

El portal no ofrece un enlace directo a cada votación dentro de la página del día. En la página del día, despliegue la sección «Toma en consideración de Proposiciones de Ley.» y busque «Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, de modificación del art…».

Abrir el listado oficial del díapágina web · congreso.es (se abre en una pestaña nueva)

Estado editorial

Verificada automáticamente con documentos oficiales

Versión 1 · Última comprobación de fuentes: 12 de octubre de 2026 · Borrador preparado con ayuda de IA (claude-opus-5-5) el 10 de octubre de 2026 a partir de documentos oficiales. Ninguna persona lo ha revisado todavía.

Ficha completa de la pregunta (se abre en una pestaña nueva)

Cómo votó cada grupo

Se muestra aquí, fuera del cuestionario, para no condicionar la respuesta. Ficha completa de la votación y voto de cada diputado.

  • Sí
  • No
  • Abstención
  • No vota (ausencia o no participación)
Votos por grupo parlamentario
GrupoSíNoAbst.No votaReparto
Popular en el Congreso135002
Socialista121000
VOX32000
Plurinacional SUMAR02501
Mixto · no es un partido2511
Junts per Catalunya0070
Republicano0070
Euskal Herria Bildu0600
Vasco (EAJ-PNV)5000

Hash del contenido revisable: 29831a87a9eea564… · versión 1 · fuentes comprobadas el 12 de octubre de 2026.